¿Si la trabajadora considera que se han violado sus
derechos laborales ¿dónde puede recurrir?
Las trabajadoras tienen dos alternativas:
a) La vía Administrativa:
Presentar un reclamo o denuncia ante la Inspección Comunal
del Trabajo correspondiente al domicilio (comercial) del
empleador.
En este caso, si el empleador no concurre a la Inspección
o las partes no llegan a un acuerdo, se puede recurrir a
la vía judicial.
b) La vía Judicial:
Presentar una demanda ante el Juzgado del Trabajo. Para
ello requiere ser patrocinada por un abogado/a. Si no
tiene recursos puede recurrir a la Corporación de
Asistencia Judicial de la comuna de la trabajadora.
Plazo para presentar la demanda:
* 60 días hábiles contados desde la separación de su
trabajo, si se pone término a su contrato por cualquier
causa, y la trabajadora considera que el despido es
injustificado, indebido o improcedente.
Este plazo de 60 días se suspende si dentro de éste la
trabajadora interpone un reclamo a la Inspección del Trabajo
por cualquiera de las causales indicadas. Este plazo
seguirá corriendo, una vez concluido este trámite ante la
Inspección, pero en ningún caso podrá recurrirse al
tribunal transcurridos 90 días hábiles desde la separación
de la trabajadora.
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